“El presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar situación de desastre nacional en el marco de la Ley 602, de 14 de noviembre de 2014, de Gestión de Riesgos (…). Se declara situación de desastre nacional”, señalan los artículos 1 y 2 del decreto que fue leído in extenso por la ministra de la Presidencia, María Nela Prada.
La declaratoria fue anunciada tras una reunión de evaluación de las tareas de sofocación de incendios que sostuvo el presidente, Luis Arce, con el gobernador del departamento de Santa Cruz, Mario Aguilera, alcaldes de los municipios afectados por el fuego y ministros de Estado.
A raíz de la normativa, el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas (ETA’s) aplicarán las acciones de respuesta y recuperación de los sectores y población afectadas por el desastre declarado a causa de los incendios.
Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Planificación del Desarrollo, en coordinación con los ministerios que correspondan, gestionarán y canalizarán la cooperación internacional para la atención del desastre.
Asimismo, la cooperación internacional promovida por los gobiernos autónomos departamentales, municipales e indígena originario campesinos, será gestionada prioritariamente por el nivel central del Estado.
El artículo 6 del DS señala que se harán modificaciones presupuestarias necesarias, que serán facilitadas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para la atención del desastre decretado.
También, el Ministerio de Planificación del Desarrollo, en coordinación con el Ministerio de Defensa, formulará un plan de recuperación postdesastre, con la participación de otros ministerios que tengan relación con el tema.