Por Roberto López*
En números: Francia movilizó tres buques en un mismo mes -el patrullero de ultramar (POM) “Teriieroo a Teriierooiterai”; el portahelicópteros Tonnerre y la fragata Guépratte- mientras tanto, los Estados Unidos hicieron lo propio con el guardacostas Cutter James y el ya desplegado portaviones USS George Washington, con su grupo aéreo embarcado.
Para comprender de qué trata el emprendimiento binacional, corresponde decir que un polo logístico, o Hub naval, es un centro estratégico para el transporte, la distribución, el almacenamiento y la gestión de mercancías. Pero ¿qué es y cómo funciona? Aquí sus características generales y rasgos distintivos.
Este tipo infraestructura portuaria opera como un punto central en una red de transporte, donde se consolidan y redistribuyen cargas. Facilita la transferencia de mercancías entre diferentes modos de transporte, como barcos, camiones y trenes. Este intercambio multimodal permite una gestión eficiente del flujo de bienes, optimizando tiempos y costos. Esta somera descripción simboliza la importancia de Ushuaia en este juego geopolítico.
Esta descripción corresponde al funcionamiento general de un Hub o polo logístico. Ahora bien, este programa de desarrollo no es un simple e inocente emprendimiento marítimo, sino que representa un posicionamiento en política exterior y consecuentemente geopolítico.
La presencia de Estados Unidos en la región, y su apuesta a convertirse en actor interestatal del Atlántico Sur, ya ha sido ampliamente debatida en los medios especializados, y los públicos en general, pero conviene señalar que el gran hegemón no viene solo.
En los últimos días de abril tomaron amarras en el puerto de Buenos Aires, como puerto de paso, el portahelicópteros Tonnerre y la fragata Guépratte de la Marina Nacional francesa, en lo que parecía una visita de cortesía terminó siendo la ejecución de ejercicios combinados y conjuntos con la Armada Argentina que desplegó algunos de sus medios navales para ello.
Ello, estuvo enmarcado en el laxo ejercicio Passex -permite hacer un ejercicio de interoperatividad con cualquier nave de una armada extranjera aprovechando su paso por aguas nacionales-, que forma parte del Plan Anual aprobado por el Congreso, atento lo indicado en la ley 25880 de ingreso y egreso de tropas.
Mas allá de este detalle, no menor, la cuestión es hacia donde se dirigió el grupo naval francés “Jeanne d’Arc 2024” luego de finalizado el ejercicio conjunto. El derrotero de los buques franceses tuvo como puerto de destino Ushuaia. ¿Casualidad?
Por otro lado, hace pocos días atracó, también, en el puerto de Ushuaia el patrullero de ultramar (POM) “Teriieroo a Teriierooiterai” de la marina francesa haciendo, según indica el portal oficial de la Armada Argentina, una escala en el marco de su despliegue inaugural rumbo al puerto de la Base de Papeete (Polinesia Francesa).
Lo más llamativo de la visita fue la reunión que sostuvieron el comandante del patrullero francés y el comandante de Área Naval Austral. Estrictamente, el portal de Armada Argentina indicó: “El Comandante del ANAU, Comodoro de Marina José Alberto Martí Garro, visitó el buque francés. Allí mantuvo una reunión con su Comandante para interiorizarse sobre el funcionamiento de la nave que tiene como misión combatir el narcotráfico y la pesca ilegal, entre otras tareas de seguridad.”.
Vale recordar lo que ocurrió cada vez que Francia instruyó a militares argentinos en asuntos de seguridad interior. Luego del derrocamiento del General Perón en 1955, según indican los doctores Anzelini y Eissa en un reciente artículo, Argentina incorporó la Doctrina de Guerra Revolucionaria (DGR) francesa.
Concretamente, el Ejército Argentino incorporó la DGR a partir de la llegada al país de la primera misión militar francesa en 1957. Luego de ello, sobrevino la Doctrina de Seguridad Nacional (DSN) y allanó el camino para el desastre de 1976.
Resulta llamativo, por tanto, que la Armada Argentina se interese en cuestiones de seguridad, siendo que su misión principal, hasta que no se modifique el plexo normativo de la Defensa, seguridad e inteligencia (Leyes 23.554; 24.059; 25.520 y sus conexas y modificatorias) continúa siendo: “…garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación; proteger la vida y la libertad de sus habitantes”: artículo 2° ley 23.554.
En ese mismo orden de cosas, la semana pasada el presidente de la nación recibió al buque Cutter James de la Guardia Costera de los Estados Unidos. No deja de sorprender que la autoridad máxima de nuestro país tenga como agenda política brindar la recepción de un barco patrullero de otra nación. Por otro lado, y tal vez más importante, es destacar cual era la misión del guardacostas James y en todos los hechos confusos en que incurrió el Poder Ejecutivo Nacional para la admisión de este.
Para ordenar cronológicamente, el 19 de enero de 2024 ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación el Mensaje N° 4-2024 del Poder Ejecutivo Nacional, solicitando una prórroga de sesiones extraordinarias. Este proyecto contenía cuatro artículos y en el tercero expresaba: “Incluyese en el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación, durante el actual período de Sesiones Extraordinarias, la consideración de los siguientes asuntos:
1) Proyecto de Ley por cual se autoriza la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional para participar en el ejercicio “Adiestramiento Combinado para la Defensa de los Recursos Pesqueros Argentinos”, que se llevará a cabo entre la Prefectura Naval de la República Argentina y el guardacostas USCG James de la Guardia Costera de los Estados Unidos de América durante el mes de abril de 2024.”
Dicho esto, el proyecto de autorización nunca fue tratado, por cuanto el ingreso nunca fue autorizado, ni el egreso de la propia tropa para la realización del ejercicio más allá de la jurisdicción nacional. Además de lo mencionado, el Ministerio de Seguridad el día 9 de abril de 2024 dictó la resolución 2024-230 APN-MSG, en donde autorizó el ingreso del citado buque James, fundando su argumento en la ley 25.880 artículo 6° incisos a) y d) -excepciones otorgadas por el Congreso de la Nación para la autorización de ingreso y egreso de tropas al territorio nacional-. Resulta que el inciso a) refiere a visitas de ceremonial y el d) a los institutos de formación como excepciones válidas. Ninguna de las dos ocurrió.
En términos estrictos, se trató de un ejercicio combinado y conjunto de la Prefectura Naval Argentina con la Guardia Costera de los Estados Unidos de control de actividades pesqueras, atento lo publicitado por el propio Ministerio de Seguridad, en flagrante violación a las normas jurídicas que regulan los movimientos de personal y medios de la defensa nacional y seguridad interior -artículo 75 inciso 28, Constitución Nacional; artículo 2°, ley 25.880.
En resumen, es preciso señalar que en el último mes la Armada Argentina estuvo dialogando sobre temas de seguridad interior con autoridades militares de otro país, el Ministerio de Seguridad incumplió con lo estipulado en la Constitución Nacional y la ley 25.880 y el presidente encabezó un acto con militares de una potencia extranjera -haciendo sonar su himno- dentro de una unidad de la Armada Argentina.
Finalmente, puede decirse que la presencia de la OTAN en el Atlántico Sur ya no está representada, únicamente, por la ocupación ilegal del Reino Unido sobre las islas Malvinas.
El despliegue de unidades navales y el proyecto de Base Naval Conjunta manifiestan la concreta intención del bloque militar de asentarse en el territorio nacional con el beneplácito de las autoridades del Poder Ejecutivo.
Todo ello deja ver que detrás de esa mácula de “gestión disruptiva”, que pretende exhibir este gobierno como tótem de la libertad, subyace, en realidad, un desinterés en la ejecución de políticas públicas apegadas a las normas y un notable abandono de las instituciones de la nación. *El autor es abogado, magíster en Defensa Nacional. Asesor parlamentario en la Comisión de Defensa Nacional en la Honorable Cámara de Diputados y en la Comisión Bicameral de Inteligencia del Honorable Congreso de la Nación.